La custodia compartida es uno de los regímenes o formas de guarda y custodia que contempla el derecho de familia. Consiste en la atribución a ambos progenitores de la custodia de los hijos menores, en igualdad de derechos y deberes, tras una separación o divorcio. Concretamente, se regula en el artículo 92 del Código Civil.

¿En qué consiste la custodia compartida?

Cuando se rompe la vida en común de una pareja, la custodia de los hijos menores se podrá compartir entre los progenitores.

Es decir, el cuidado, la educación y, en general, la convivencia habitual de los hijos menores se puede atribuir a ambos progenitores, con iguales condiciones y derechos. A dicho régimen de guarda y custodia se le denomina custodia compartida.

De esta forma, los hijos menores podrán estar en compañía de sus progenitores en periodos alternos, siendo lo habitual por semanas alternas o dos días seguidos con cada progenitor y los fines de semana alternos.

Hasta hace unos años, la custodia exclusiva o monoparental (atribuida a uno solo de los progenitores) era la opción mayoritaria. Sin embargo, cada vez es más frecuente que se establezca un régimen de custodia compartida.

Criterios a valorar por el Juez para acordar la custodia compartida

En todo caso, el Juez tendrá en cuenta ciertos aspectos para optar por la custodia compartida:

1. La actitud anterior de los padres en sus relaciones con el menor.

2. Los deseos manifestados por los hijos que tengan suficiente juicio.

3. El número de hijos.

4. El cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos.

5. El respeto mutuo en sus relaciones personales.

6. El resultado de los informes exigidos legalmente.

7. El informe del Ministerio Fiscal.

8. En definitiva, cualquier otro que permita a los menores una vida adecuada, aunque en la práctica pueda ser más compleja que la que se lleva a cabo cuando los progenitores conviven.

Si te preocupa esta cuestión o tienes dudas sobre este tema, no dudes en consultarnos. En Mediterrània Abogados estaremos encantados de asesorarte.

 

Alejandro Cerezuela Fernández

Miércoles, 28 de diciembre de 2022.