Suele ser habitual que las empresas tarden en pagar su nómina a los trabajadores. En ocasiones, vemos como se tarda en pagar 10, 15 o incluso 20 días después de finalizar el mes.

Si estás leyendo esto y te sientes identificado con esta situación, en este post vamos a explicarte hasta que punto esta situación es legal y cuales son las opciones que tienes.

Todo ello en base a una reciente Sentencia en la que se reconoce el derecho de una trabajadora a extinguir su contrato de trabajo y recibir una indemnización de más de 48.000€ por percibir con un retraso de 10,5 días su salario mensualmente durante un año.

¿Cuándo tiene que abonarse el salario? 

La empresa tiene la obligación legal de abonar el salario puntualmente y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres.

También es posible que en tu convenio colectivo de aplicación se establezca un período de tiempo en el que tienen que abonarse las nóminas, por ejemplo, dentro de los 5 días antes de la finalización del mes.

¿Qué opciones tenemos si nos encontramos en esta situación?

  1. Podemos comunicar mediante carta certificada a la empresa que está incumpliendo su obligación de abono puntual del salario.

Tras esta actuación pueden pasar dos cosas. Por un lado, que la empresa cambie su actitud y comience a abonarte la nómina en el plazo indicado. Por otro lado, puede que la empresa no cambie su forma de hacer las cosas y entonces, tenemos una segunda opción.

  1. Con independencia de que se haya enviado ese burofax o no, el trabajador tiene la opción de solicitar la extinción de su contrato de trabajo con abono de indemnización por despido improcedente.

Es decir, como consecuencia de este incumplimiento grave por parte de la empresa, el trabajador puede romper su contrato de trabajo y llevarse consigo una indemnización igual a la que se consideraría por un despido improcedente, es decir 33 días de salario por año de antigüedad en la empresa.

¿Qué requisitos se requiere por los Tribunales para poder llevar a cabo esta extinción del contrato?

El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 50.1 b) que el retraso en el pago del salario se considera un incumplimiento grave por parte del empresario que faculta al trabajador para extinguir su contrato de trabajo con abono de la indemnización.

A modo de ejemplo, el Tribunal Supremo, el pasado día 10 de enero de 2023, ha dictado una sentencia en la que declaró extinto el contrato de una trabajadora que durante el período de un año venía percibiendo su salario con un retraso de 10,5 días de media.

Pues bien, el Tribunal entendió que la situación del retraso era lo suficientemente grave para la trabajadora como para otorgarle el derecho de extinguir su contrato con abono de una indemnización de 48.232,73 euros.

También aclara que la mala situación económica que pueda estar atravesando la empresa no es motivo para incumplir el deber esencial de todo empleador de abonar el salario puntualmente.

En definitiva, no se puede exigir al trabajador que tolere esa situación durante un tiempo prolongado.

Desde Mediterrània Abogados nos ponemos a disposición de nuestros clientes para revisar su caso y valorar las acciones que podrían interponerse frente a la empresa.

Alejandro Traver Jiménez

Jueves, 16 de marzo de 2023.