La herencia es el acto jurídico mediante el cual cuando una persona fallece, transmite todos sus bienes, derechos y obligaciones a una o varias personas (que se denominan herederos). El régimen jurídico que regula las herencias es el derecho de sucesiones.
Desde Mediterrània Abogados queremos realizar un itinerario de los pasos que deben seguirse para tramitar una herencia, puesto que todo el proceso resulta más complicado si no se está bien asesorado legalmente.
Los trámites relacionados con la herencia tienen hasta seis meses para su tramitación, aunque puede prorrogarse otros seis meses más.
A continuación, pasamos a enunciar los pasos que deben seguirse para tramitar correctamente una herencia:
En primer lugar, debemos solicitar el certificado literal de defunción pasadas 24 horas desde la defunción al Registro Civil.
En segundo lugar, transcurridos quince días hábiles desde la defunción, debemos solicitar el certificado de últimas voluntades y el certificado de contratos de seguros en la Gerencia del Ministerio correspondiente a su domicilio.
En tercer lugar, se deberá solicitar una copia del testamento en la misma notaría en la que se otorgó. Para este trámite necesitaremos el DNI, certificado de defunción y certificado de últimas voluntades.
En el caso de que la persona fallecida no hubiera hecho testamento, será necesario realizar una declaración de herederos. En este caso, tendríamos que contactar con una notaría donde el fallecido tenía su última residencia para que nos indiquen el procedimiento y documentos que debemos aportar. Normalmente, se suele pedir el DNI del difunto, certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, además de otros documentos que nos solicitará el notario expresamente.
En cuarto lugar, teniendo ya el testamento en nuestras manos (o pasados 20 días hábiles desde que se hiciera la declaración de herederos), los herederos ya podrán aceptar o renunciar a la herencia. Este paso se realiza haciendo un inventario de la herencia con todos los bienes y deudas de la persona fallecida para poder calcular los activos y pasivos que constituyen el caudal hereditario.
Desde Mediterrània Abogados debemos recordar al cliente que, si se acepta la herencia, se aceptan también las deudas, lo que implica que el heredero responderá con sus bienes personales. Por eso, aconsejamos contar con un profesional que te asesora desde el inicio del proceso.
En quinto lugar, finalizada la liquidación y reparto de la herencia, se habrán de liquidar los impuestos que correspondan (tanto el impuesto de sucesiones que rige en cada comunidad autónoma, como el impuesto sobre el incremento de valor de terrenos urbanos -comúnmente conocido como la plusvalía-).
Por último, se deberá proceder a cambiar la titularidad de los bienes en el Registro de la Propiedad. De igual forma, también se deberá proceder al cambio de titularidad en los bancos y en tráfico.
En Mediterrània Abogados nos ponemos a tu disposición para aclararte cualquier duda o cuestión relacionada con el asunto.

Alejandro Cerezuela Fernández
Viernes, 16 de septiembre de 2022

